Juez de Michoacán que frenó selección de candidatos asegura que TRIFE no tiene facultades para denunciarlo ante FGR
- Redaccion1 Poder Politico
- 24 ene
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El juez Sergio Santamaría Champú, del Juzgado Primero de Distrito en Michoacán, señaló que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no tiene facultades para denunciarlo ni dar vista al Ministerio Público federal.
Ello, luego de que el también llamado Trife acordara, por mayoría de 3 a 2, ordenar al Comité de Evaluación del PJF reanudar labores, en una resolución en la que determinó presentar una denuncia ante la Fiscalía General de la República y dar vista ante el Consejo de la Judicatura en contra el juez que dictó la suspensión.
“De haber podido sancionarme directamente lo habrían hecho, pero por qué no lo hicieron, porque ellos no tienen facultades, más que inventar una vista al Ministerio Público, con, lo que me parece grave, un mensaje directo a todos los juzgadores que conocemos de estos asuntos para que nos abstengamos hacer valer nuestras atribuciones que tenemos como jueces protectores, garantes, de los derechos fundamentales de las las personas”, indicó el juez Santamaría.
Este juzgador fue quien emitió una suspensión definitiva para que los tres Comités de Evaluación de aspirantes a cargos de impartidores de justicia frenaran sus actividades, a raíz de un amparo promovido por la Asociación de Jueces y Magistrados del PJF (JUFED). El CEPJF fue el único que acató el fallo y mantienen suspendidas sus actividades de evaluación de aspirantes desde el 7 de enero.
Al respecto, el caso llegó al TEPJF, que bajo un proyecto de la Magistrada Presidenta de la Sala Superior, Mónica Soto, acordaron ordenar al Comité Judicial a reanudar labores por las afectaciones que podría tener la suspensión en los aspirantes y, además, indicaron que al tratarse de un proceso electoral no había injerencia de juicios de amparo.
“Es constitucionalmente inviable detener la implementación de los procedimientos electorales a cargo de, entre otras autoridades, los Comités de Evaluación de los Poderes de la Unión, en tanto exista norma que constitucionalmente le impone dicha atribución y mandato, como en el caso ocurre”, sostiene la resolución del Tribunal Federal.
Ante esto, el juez de Michoacán, durante la conferencia matutina del Colectivo 41, que integra a más de mil 500 juzgadores, explicó que esperará a la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para expresarse más profundamente sobre lo acordado por el Trife.
Ante la pregunta de si habríamos de emitir alguna medida ante estas respuestas, como es multa o cualquier otra que el ordenamiento legal que se contemple, como es otra vista al ministerio público, aunque la ley de amparo así nos lo faculte (...) lo prudente es esperar a que el Alto Tribunal se pronuncie
detalló.
Si bien dijo que guardaría cautela ante una posible respuesta jurídica, Santamaría Chamú advirtió que él, como juez, sí tiene facultades para denunciar ante la FGR:
“El TEPJF, sus integrantes, me pusieron, por ejemplificarlo así, la espalda en el cuello, y yo a la vez enderece también en contra de ellos la mía: yo sí tengo facultades para, con fundamento en la ley, considerar que quien no obedece a un acto de suspensión incurre en ese delito de incumplimiento a la suspensión”, explicó.
Luego de la determinación del Trife, ayer, 23 de enero, el CEPJF resolvió en sesión privada que, momentáneamente, no acataría la resolución del TEPJF, y en cambio, solicitaría que el Alto Tribunal resuelva las controversias sobre qué resolución acatar:
“SOLICITAN A ESE ALTO TRIBUNAL (...) A FIN DE QUE SE DIRIMA LA CONTROVERSIA PLANTEADA EN EL INTERIOR DEL PJF SOBRE LA POSIBILIDAD DE SUSPENDER JUDICIALMENTE LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025 A CARGO DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES Y, DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN”, expone la solicitud formal.
Y este viernes, la Corte dio entrada a la solicitud del CEPJF y turnó el asunto al ministro Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena, quien elaborará el proyecto respecto a qué ruta debe seguir el Comité:
La primera opción es obedecer las suspensiones judiciales emitidas mediante juicios de amparo que le prohíben continuar con el proceso electoral; o la segunda, acatar el fallo del Tribunal Electoral que le ordenó reanudar a la brevedad el proceso.















































































































