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La multinacional bananera Chiquita Brands fue hallada culpable en EE.UU. de financiar a grupos paramilitares en Colombia.
Tras 17 años de proceso judicial, un juzgado de West Palm Beach (Florida, EE.UU.) encontró responsable a la compañía por financiar a las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), informó mediante un comunicado EarthRights International, firma que trabajó de la mano con las víctimas del paramilitarismo en esta pelea judicial.
La decisión del jurado, dice la organización, "confirma acusaciones de vieja data", reafirmando que Chiquita Brands, para garantizar sus ganancias, "entregó recursos a las AUC aun conociendo los atroces actos cometidos por ese grupo paramilitar", catalogado como terrorista por el Gobierno estadounidense.
De acuerdo con EarthRights International, la bananera entregó más de 1,7 millones de dólares a las AUC entre 1997 y 2004. Esto contribuyó a fortalecer la presencia de los paramilitares en las subregiones colombianas del Urabá antioqueño y el Magdalena Medio, recrudeciendo así la violencia en esas zonas.
EarthRights International indicó que es la primera vez que un jurado en EE.UU. declara responsable a una gran corporación estadounidense por su complicidad en abusos contra los derechos humanos en otro país, "marcando un hito" en la justicia.
¿Qué sigue?
A la compañía se le ordenó dar compensación a las víctimas del paramilitarismo colombiano, por un monto que supera los 38 millones de dólares. Por su parte, Chiquita Brands dijo que la decisión será apelada, refiere Noticias Caracol.
En las vistas de este caso, detalla EarthRights International, participaron nueve víctimas, cuyos familiares fueron asesinados por las AUC. "No obstante, el proceso legal contra Chiquita incluye a cientos de víctimas, cuyos casos podrán ser resueltos en juicios posteriores o mediante un eventual acuerdo", indica la organización.
Desde EarthRights International explicaron que aunque el caso es juzgado en EE.UU., se aplica el Código Civil colombiano por tratarse de una empresa estadounidense cuyas decisiones fueron tomadas en dicho país. Es decir que, siguiendo el artículo 2341, se tendrá que indemnizar a las víctimas y repararlas por los daños causados.
En segundo lugar se aplica el artículo 2356, que establece que cualquier daño causado por actividades peligrosas debe ser reparado por quien lo causó, responsabilidad similar a la existente en EE.UU.
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